10 de noviembre de 2025

5 Impuestos sobre los productos (IEPS) en México a partir de 2026


Introducción

¿Alguna vez te has preguntado cómo se decide el precio final de los productos que consumes a diario o de los servicios digitales a los que te suscribes? Más allá de los costos de producción y la ganancia de las empresas, los impuestos juegan un papel fundamental, y el panorama en México está a punto de cambiar de manera significativa.

A partir del 1 de enero de 2026, entrará en vigor una importante reforma a la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS). Esta ley, que funciona como un "impuesto al pecado", busca desincentivar el consumo de productos considerados nocivos para la salud o el medio ambiente, y ahora se ampliará para incluir nuevos productos y servicios, modificando drásticamente las tasas de otros ya existentes.

Este artículo desglosa los cinco cambios más sorprendentes e impactantes que afectarán directamente el bolsillo de los consumidores. Desde los videojuegos y las apuestas en línea hasta los refrescos y los cigarros, te explicamos de manera clara y directa qué puedes esperar en el nuevo escenario fiscal que se avecina.

1. El nuevo "impuesto al pecado" para los videojuegos

Una de las adiciones más novedosas a la ley es la creación de un impuesto del 8% sobre "Videojuegos con contenido violento, extremo o para adulto, no apto para personas menores de 18 años". Este gravamen se aplicará en múltiples frentes, impactando a toda la industria del entretenimiento digital.

El impuesto del 8% se aplicará a:

  • Ventas físicas: La compra de videojuegos en formato físico para el público general, según lo estipula el Artículo 2o., fracción I, inciso K. Es importante señalar que la ley especifica que esta tasa no aplica a la importación directa de estos juegos.
  • Acceso o descarga digital: La tasa también se aplicará a los servicios que permitan el acceso o la descarga de estos videojuegos, incluso si son proporcionados por empresas extranjeras sin presencia física en México, como se detalla en el Artículo 2o., fracción II, inciso D.
  • Compras dentro del juego: El impuesto se extiende al "contenido adicional dentro del videojuego", que incluye desde nuevos niveles y personajes hasta armas o modos de juego, conforme a la definición del Artículo 3o., fracción XXXIX.

Esta medida es un hito, pues marca la primera vez que el gobierno mexicano utiliza la política fiscal como una herramienta para regular el contenido en la economía del entretenimiento digital, penalizando explícitamente la violencia y los temas para adultos. La ley define el contenido para adultos de forma amplia, incluyendo "violencia intensa", "contenido sexual", "lenguaje fuerte o apuestas con moneda real", lo que podría abarcar una gran parte del catálogo de juegos populares.

2. Las apuestas online enfrentan un impuesto masivo del 50%

La reforma impone una tasa impositiva extraordinariamente alta del 50% sobre los "juegos con apuestas y sorteos". Como establece el Artículo 2o., fracción II, inciso B, este cambio representa uno de los mayores impactos financieros de toda la reforma.

El aspecto más relevante de esta modificación es su aplicación explícita a los servicios de apuestas y juegos de azar en línea, incluyendo aquellos operados por empresas extranjeras que ofrecen sus servicios a usuarios en México. La ley no deja lugar a dudas y se asegura de que estas plataformas internacionales cumplan.

Para garantizar el cumplimiento, el gobierno ha incluido un poderoso mecanismo de control: la capacidad de ordenar un "bloqueo temporal del acceso al servicio digital" para las plataformas extranjeras que no paguen sus impuestos correspondientes. Un impuesto del 50% no es solo un aumento; es una medida potencialmente prohibitiva que podría reconfigurar por completo la industria. Este gravamen podría llevar a los principales operadores a reconsiderar su presencia en el mercado mexicano o, alternativamente, impulsar un mercado paralelo no regulado, alterando drásticamente el comportamiento de los usuarios.

3. Impuestos del 200% a cigarros y un nuevo gravamen a la nicotina

El sector del tabaco enfrentará uno de los aumentos más drásticos y una reestructuración fiscal completa. En conjunto, estas medidas representan la estrategia fiscal más agresiva contra el consumo de nicotina en México hasta la fecha, atacando no solo los cigarros tradicionales sino también las alternativas emergentes como el vapeo.

Las nuevas tasas impositivas establecidas en el Artículo 2o., fracción I, inciso C son:

  • 200% para "Cigarros".
  • 200% para "Puros y otros tabacos labrados".
  • 32% para "Puros y otros tabacos labrados hechos enteramente a mano", una tasa significativamente menor que parece proteger a los productores artesanales.

A esto se suma una nueva categoría fiscal: "Otros productos que contengan nicotina", gravada con una tasa del 100%. Según la definición legal, esta categoría apunta a productos con nicotina natural o artificial que no son tabaco tradicional, lo que impactará directamente a productos de vapeo y bolsas de nicotina.

Adicionalmente, se implementará una cuota por cigarro que se introducirá de forma gradual. Comenzará en 0.8516 por unidad en 2026 y aumentará anualmente hasta alcanzar su tasa permanente de **1.1584 por cigarro** a partir del 1 de enero de 2030.

4. Las bebidas azucaradas y con edulcorantes ahora tienen impuestos diferentes

El impuesto a las "bebidas saborizadas" se ha vuelto más específico. En lugar de una tasa única, la reforma establece dos cuotas distintas dependiendo del tipo de endulzante utilizado, creando una clara diferenciación fiscal.

Las nuevas cuotas por litro, según el Artículo 2o., fracción I, inciso G), son:

  • $3.0818 por litro para bebidas que contengan cualquier tipo de "azúcares añadidos".
  • $1.5000 por litro para bebidas que contengan "edulcorantes añadidos" que no sean azúcares.

Para mayor claridad, el Artículo 3o. introduce una definición específica para "Edulcorante" como cualquier sustancia natural o artificial que proporciona sabor dulce sin ser azúcar. Este cambio refleja una política de salud pública más matizada, que busca desincentivar con mayor fuerza el consumo de bebidas con azúcar añadido en comparación con las que utilizan sustitutos.

5. Sorpresa: Ni el gobierno se salva de pagar estos impuestos

Quizás uno de los detalles más contraintuitivos y reveladores de esta reforma es que la obligación de pagar estos impuestos es universal. El Artículo 1o. de la ley establece explícitamente que nadie está exento, ni siquiera las propias entidades gubernamentales.

El texto precisa que "La Federación, la Ciudad de México, los Estados, los Municipios, los organismos descentralizados o cualquier otra persona, aunque conforme a otras leyes o decretos no causen impuestos federales o estén exentos de ellos", deberán pagar el IEPS cuando adquieran los bienes y servicios gravados.

Este principio de aplicación universal subraya la seriedad de la reforma. El impuesto no es solo una carga para los ciudadanos y las empresas, sino una obligación que el propio aparato gubernamental debe cumplir, asegurando que no existan excepciones ni privilegios.

Conclusión: ¿Cómo cambiarán nuestros hábitos de consumo?

La reforma al IEPS que entrará en vigor en 2026 no es un ajuste menor; es una reconfiguración fiscal que encarecerá de forma notable una gama específica de productos de consumo masivo y servicios digitales. Desde el entretenimiento y los vicios hasta las bebidas del día a día, los precios que conocemos hoy cambiarán.

Estos nuevos impuestos no solo buscarán aumentar la recaudación, sino también influir en las decisiones de los consumidores. Con estos cambios en el horizonte, la pregunta clave es: ¿Cómo crees que se adaptarán los consumidores y las industrias en México? ¿Veremos un cambio real en los hábitos de consumo o simplemente un ajuste en los presupuestos familiares?

 

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