Establecimiento de la Pensión Universal
La Iniciativa propone en materia de adultos mayores:
Establecer
de manera expresa a nivel constitucional, los derechos fundamentales de los
adultos mayores, estableciendo la obligación del Estado mexicano de proteger
sus derechos; velar por que vivan con dignidad y seguridad y que reciban
servicios de salud; promover su integración social y participación en las
actividades económicas, políticas, educativas y culturales de su comunidad, así
como establecer mecanismos de prevención y sanción de todo tipo de violencia o
discriminación en su contra.
Establecer
la obligación del Estado Mexicano de garantizar que los adultos mayores puedan
sufragar sus gastos básicos de manutención durante su vejez.
Prever
que las personas que cumplan 65 años a partir del año 2014 gozarán del nuevo
derecho reconocido en la Constitución. Asimismo, que periódicamente se revise
dicha edad para que, con base en los estudios demográficos, dicha edad se
incremente en función de la esperanza de vida de la población.
Garantizar
que esta nueva política pública sea sostenible financieramente, para lo cual se
propone la posibilidad de que, de manera transitoria, permanezcan los programas
establecidos por la Federación, las entidades federativas y los municipios, que
prevean la transferencia directa de recursos públicos a los adultos mayores
para su manutención, siempre y cuando observen los términos y condiciones que
establezca la ley reglamentaria de la presente reforma.
Seguro de desempleo
La Iniciativa propone en materia de seguro de desempleo:
Garantizar
a todos los trabajadores del sector formal que caigan en situación de
desempleo, un mecanismo que evite el detrimento en el nivel de vida de sus
familias y les permita reinsertarse al mercado laboral formal de la manera más
pronta posible.
La
prestación que se otorgará a través del seguro de desempleo, como instrumento
de protección social, no quedará sólo en la sustitución de ingresos de los
individuos, también servirá para desincentivar las transiciones hacia empleos
menos productivos en el sector informal.
La
implementación del seguro servirá como eje para fortalecer la eficiencia de las
políticas activas del mercado laboral, robusteciendo la oferta de trabajo y
adecuándose a las necesidades cambiantes de la realidad laboral, lográndose así
mejores condiciones para que los trabajadores reingresen al sector formal de la
economía.
La
estructura del seguro de desempleo es de carácter redistributivo; es decir,
permitirá beneficios más altos en términos relativos para la población de
menores ingresos, los cuales generalmente se encuentran financiados a través
del subsidio del Estado.
Finalmente,
se propone la modificación al artículo 123, Apartado A, fracción XXIX,
constitucional, con el objeto de eliminar la mención al seguro de cesación
involuntaria del trabajo, toda vez que el nuevo seguro de desempleo que se
propone no está limitado a dicha modalidad de terminación de las relaciones
laborales.
Creación de la Ley de la Pensión
Universal y la Ley del Seguro de Desempleo
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